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Policía Local

Funciones

La Policía Local tiene las competencias que le son conferidas por la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en su artículo 53, como son:

  • Protección de las autoridades locales y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones. (Servicio durante la celebración de Plenos, acompañamiento de autoridades etc.)
  • Instrucción de atestados por accidentes de circulación en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las Normas de circulación (Ordenación y Regulación del tráfico, realizar gestiones encomendadas por la Jefatura provincial de Tráfico como precintos de vehículos, retirada de permisos etc.)
  • Policía Administrativa, en todo lo relacionado con las Ordenanzas Bandos y demás disposiciones municipales. (Investigaciones para la posterior elaboración de informes solicitados por Alcaldía, control de ocupaciones de vía pública, empresas de turismo activo, terrazas con mesas y sillas, mercadillo semanal etc.)
  • Participar en las funciones de Policía Judicial tal y como está establecido en el artículo 92.2 de la Ley de Fuerzas y Seguridad del Estado. (Elaboración de informes solicitados por la Autoridad Judicial, control de órdenes de alejamiento y las demás encomendadas por los tribunales).
  • La prestación de auxilio en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en la Junta de Seguridad.
  • Vigilancia de los espacios públicos y colaborar con las demás Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones urbanas.
  • Cooperación a la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
  • También se realizan otras funciones como las relacionadas con el Medio Ambiente, Educación Vial, Coordinación con otras unidades operativas y administrativas, Administración y Régimen Interior que atiende a las necesidades administrativas y de Gestión del propio servicio.

Información a los ciudadanos sobre:

  • Consultas de funcionamiento municipal
  • Consultas de información turística (especialmente numerosas en época estival y Semana Santa), rutas, lugares de interés, donde comer donde pernoctar, tiendas, talleres de reparación etc. y ASESORAMIENTO sobre diversos temas legales (de nuestra competencia).

Responsable

Subinspector: D. Oscar Labra Arobes.

Teléfono 985 923 847

Email: policia.local@ayto-parres.es

Ubicación

Planta baja Edificio consistorial. Plaza Venancio Pando.

Gestión del Servicio de Control de Vehículos abandonados

Creación del servicio

El servicio de vehículos abandonados del Ayuntamiento Parres comienza a funcionar en el mes de abril del año 2006. Y lo hace como consecuencia de la proliferación de automóviles en mal estado de conservación y con síntomas de abandono prolongado.

La situación descrita deteriora gravemente el entorno por varias razones. En primer lugar, porque en numerosas ocasiones suelen presentar elementos cortantes en carrocería y cristales con el consiguiente peligro para los restantes usuarios de la vía. En segundo lugar, son residuos contaminantes, pues la descomposición de sus elementos permite fugas de líquidos como los aceites, líquidos de frenos, etc. En tercer lugar, distorsionan gravemente el paisaje urbano y rural.

Por todo ello, el Ayuntamiento de Parres, no puede ignorar el problema y crea el Servicio de Vehículos Abandonados, a fin de atajar, regular y controlar el problema que supone la dispersión de vehículos en el estado descrito en nuestro municipio.

Legislación aplicable

Artículo 71 de la Ley sobre Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Ley 10/1.998, de 21 de Abril, de Residuos, para su traslado y entrega a un centro autorizado de tratamiento (CAT), según obliga el Real Decreto1.383/2.002 de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

Evaluación de costes del Servicio de Vehículos Abandonados

En la implantación de cualquier servicio municipal siempre se tienen en cuenta, por este orden, dos factores fundamentales:

  • La necesidad en la creación del programa o servicio en cuanto a criterios de utilidad para el ciudadano.
  • La evaluación de los costes en referencia a dicha utilidad.

En este caso, se ha procurado aunar los recursos públicos con la iniciativa privada, pues complementando ambas es posible ofrecer una calidad de servicio al ciudadano muy elevada.

En el caso que nos ocupa la declaración de intenciones descrita se ha llevado a cabo ofreciendo a una empresa privada los vehículos que pasan a propiedad municipal después de efectuar su tramitación como vehículos abandonados, a cambio el Ayuntamiento recibe gratuitamente los dos elementos imprescindibles para una gestión eficaz:

  • Una grúa para efectuar las retiradas.
  • Un depósito para almacenar durante el tiempo de gestión los vehículos abandonados.

La rentabilidad en este caso es múltiple:

  • A los ciudadanos se les liberan espacios de aparcamiento.
  • El Ayuntamiento se beneficia gratuitamente de recursos que ofrece la empresa privada.
  • La empresa privada se lucra con los vehículos abandonados.
  • Se protege el medio ambiente, pues las empresas deben estar homologadas como centros de gestión de residuos, procediendo a su descontaminación y reducción.
  • Uno de los problemas planteados era que vehículos ya destruidos seguían generando impuestos (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica). Dándose la paradoja de que un bien inexistente era gravado con un impuesto, dado que los propietarios, por diferentes motivos, no gestionaban las bajas ante la Jefatura Provincial de Tráfico.

Lo que hoy se oferta a la ciudadanía es la posibilidad de que el Ayuntamiento de Parres se haga cargo del vehículo, gestionando la baja ante Tráfico sin coste alguno; entendiéndose que es únicamente para los casos de vehículos para desguace y para bajas definitivas de vehículos turismo y furgonetas.

Para ello basta con que el dueño del vehículo ceda la propiedad del mismo al ayuntamiento. El trámite se circunscribe a la firma de un impreso normalizado, facilitado a cualquier hora y cualquier día en las dependencias de la policía local.

Las previsiones para el año 2009 son las de retirar en torno a 60 vehículos de las vías públicas del municipio. Expresado en otros términos, la medida supone liberar "nuevas" plazas de aparcamiento en superficie, sin coste alguno para la ciudadanía y para el erario público, y mejorar el medio ambiente y la estética, evitando el abandono de vehículos incluso en fincas particulares.

Para contactar con el servicio basta con personarse en las dependencias de la Policía Local de Parres y firmar la cesión de propiedad.

Resumen de Requisitos:

  • Ser propietario del vehículo abandonado.
  • Firmar el acta de cesión.
  • Aportar (cuando sea posible) la documentación del vehículo.
  • Una fotocopia del D.N.I, tarjeta de residencia o pasaporte.

Plazas de estacionamiento reservadas para minusválidos

  • Calle El Barco (entre los edificios docentes) una plaza.
  • Plaza Venancio Pando dos plazas.
  • Calle Ramón del Valle Frente al Centro de Salud dos plazas.
  • Estaciones de Autobús y Feve una plaza.
  • Parque de la Concordia una plaza.
  • Hospital del Oriente frente a la fachada tres plazas.
  • Aparcamiento de la calle El Carbayu dos plazas.